Planes de cuidado en la vejez. La apertura de la etapa prejurisdiccional ante las asesorías del fuero de familia, a partir de la modificación parcial del artículo 55 de la Ley 10305
Resumen
La etapa prejurisdiccional, ante las asesorías de los tribunales de familia, sobre la base de una
modificación parcial del artículo 55, Ley 10305, se presenta como el ámbito más adecuado para el tratamiento de
planes de cuidado en la vejez. Con ello, se aspira a lograr el efectivo reconocimiento y respeto irrestricto de la
dignidad de las personas mayores, para así, modificar el estereotipo de vejez incapacitante imperante en la sociedad y
en la familia
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